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Tribunales del nacionalcatolicismo
Una catarata reciente de autos y sentencias, que incluye la condena a un catedrático de Alicante experto en la represión franquista, lleva el acoso a la libertad de expresión hacia terrenos ya inconcebibles en una democracia liberal.

El Tribunal de Orden Público (TOP), el siniestro tribunal que durante el franquismo perseguía los delitos políticos, se extinguió un lejano 4 de enero de 1977 y al día siguiente nació como Audiencia Nacional, sin pecado concebida. En cambio, los tribunales afectos al nacionalcatolicismo parecen gozar todavía de muy buena salud en España, sin necesidad de resurrección, transcurrido ya un cuarto del siglo XXI. Incluso parecen revigorizarse coincidiendo con el 50 aniversario, este año, de la muerte del dictador Francisco Franco, según se desprende de una última catarata de autos y sentencias que ha elevado varios peldaños el acoso contra la libertad de expresión, de sátira y hasta de cátedra en este país, y lo han situado en terrenos inconcebibles en una democracia liberal.
Cada uno de los casos ha merecido titulares por sí mismos, pero si se agrupan dejan de ser escándalos aislados y arrojan una imagen de conjunto ciertamente tenebrosa para un país miembro de la Unión Europea. El catedrático de Literatura Española en la Universidad de Alicante Juan A. Ríos Carratalá, con más de 40 libros publicados y una de las autoridades en este país en la represión franquista a intelectuales, periodistas y escritores, acaba de ser condenado en una asombrosa sentencia del juzgado de primera instancia número 5 de Cádiz, fechada el pasado 4 de marzo, por “intromisión ilegítima al derecho al honor” de Antonio Luis Baena Tocón (1915-1998), que según acreditan las investigaciones del catedrático formó parte del aparato represivo franquista al final de la guerra en el Juzgado Especial de Prensa. El procedimiento lo impulsó el hijo del represor, al que el catedrático además deberá pagarle, según la sentencia, una indemnización de 10.000 euros por sus supuestas “extralimitaciones” y las “afectaciones psicológicas” que, según la jueza, Ana María Chocarro, le han provocado sus investigaciones. Además, la sentencia condena también a siete medios de comunicación —La Vanguardia, Levante, ElDiario.es, Faro de Vigo, Diario de Las Palmas, Diario de A Coruña y Público— por hacerse eco de estas investigaciones en los términos presentados por el catedrático y cada uno de ellos deberá indemnizar con 3.000 euros al hijo del alférez franquista “en concepto de daños y perjuicios”.
Un juez-humorista
El pasado febrero, el magistrado Carlos Valle Muñoz-Torrero emitió un auto de procesamiento contra el humorista Héctor de Miguel, alias Quequé, por sus comentarios sarcásticos invitando a dinamitar el Valle de los Caídos en el marco de su programa satírico en la Cadena Ser, Hora Veintipico, tras una querella de la entidad ultracatólica Abogados Cristianos. Ya no se trata de la típica imputación por “ofensas a los sentimientos religiosos”, sino que el cómico deberá ir a juicio acusado de un “delito de odio” al no distinguir el magistrado entre el registro satírico y una amenaza con efectos potenciales reales.
En su interrogatorio, según desveló ElDiario.es, el envalentonado juez se permitió transmutarse él mismo en cómico satírico, con la diferencia de que él no tiene que dar cuenta a ningún tribunal: “A ver, si volamos la plaza de Pedro Zerolo y con las piedrecitas llegamos un día, el del Orgullo, y se las tiramos a todos los homosexuales que han abusado de niños, es decir, todos los homosexuales, ¿qué le parecería a usted en esta situación?”, le preguntó, como si de un gag se tratara.
En marzo, la asociación Europa Laica se vio obligada a realizar una campaña de micromecenazgo para sufragar las insólitas, por abultadas, costas que les impuso el juez Antonio Rodríguez García, del juzgado de lo contencioso- administrativo número 2 de Cádiz, cuando la entidad laicista trató de evitar en los tribunales la decisión de la corporación municipal, en 2017, entonces gobernada por Podemos, de conceder la medalla de oro municipal a la estatua de la virgen del Rosario por sus supuestas contribuciones extraordinarias a la protección de los gaditanos. A pesar de que la iniciativa judicial de Europa Laica estaba muy bien fundamentada, puesto que el reglamento de honores municipal prevé que el distintivo pueda otorgarse a personas e instituciones, pero no a objetos, el juez no solo desestimó la demanda sino que impuso a la entidad unas costas de 6.000 euros, una cantidad absolutamente fuera de los márgenes establecidos por el poder judicial, que más bien parecería un castigo por la iniciativa. En la exitosa campaña que Europa Laica puso en marcha para hacer frente a estas costas, la organización consideró: “Esta decisión vulnera la norma establecida por el Tribunal Superior de Justicia que establecía una cuantía máxima [de costas] de 1.000 euros para los juicios de primera instancia. No tiene precedentes en todo el Estado español: entendemos que tiene un carácter represivo y que busca desincentivar el derecho constitucional de acceso a la justicia”. El juez que las impuso las justificó con un argumento peculiar: “por la complejidad del procedimiento planteado”.
¿Cosa juzgada?
Justo después de la campaña de Europa Laica para financiar unas costas insólitas, tuvo que arrancar otra campaña, esta vez de la revista satírica Mongolia, para hacer frente a un procedimiento también insólito: los coeditores de la publicación han recibido una citación judicial para comparecer como imputados por “ofensas a los sentimientos religiosos” el 25 de junio en el juzgado de primera instancia de Mataró para dar cuenta de una portada que ya ha sido analizada otras tres veces en los tribunales en procedimientos todos ellos ya archivados en firme. ¿Uno de los pilares del derecho no es precisamente que “cosa juzgada” no puede volverse a juzgar? Pues no parece que el principio rija también en el renovado paradigma nacionalcatólico cuyo aroma desprenden algunos tribunales españoles. La portada del número de Mongolia de diciembre de 2022 incluía un simpático belén con el papel del niño Jesús representado con un emoticón de un helado de chocolate, que algunos sectores ultracatólicos decodificaron como si se tratara de un excremento.

Alentadas públicamente por el dirigente de Vox Jorge Buxadé, hasta cuatro entidades ultracatólicas —Abogados Cristianos, Manos Limpias, un grupo carlista y Hazte Oír— presentaron sus respectivas querellas contra Mongolia por “ofensas a los sentimientos religiosos”, pero todas se archivaron en primera instancia sin que se llegaran a abrirse diligencias, salvo en un caso, también archivado. Sin embargo, la sección segunda de la Audiencia de Barcelona, integrada por los magistrados José Carlos Iglesias, María Carmen Hita y Begoña Sos, ha obligado al juzgado de Mataró a reabrir la querella presentada por Hazte Oír, que había sido inadmitida a trámite con el apoyo también de la Fiscalía. En su auto, los magistrados sostienen que no puede desecharse de plano que la intención de la revista “persiguiera ofender los sentimientos religiosos de la confesión religiosa cristiana (y no solo católica)”. Y añaden en su argumentación una apostilla que revela su propia indignación adicional, que debe de beber de la cosmovisión nacionalcatólica: “Máxime cuando se refiere a un acto esencial como es la llegada al mundo de la divinidad venerada”. Amén.
La mayoría de querellas por “ofensas a los sentimientos religiosos suele acabar en nada, pero la persistencia de esta rémora en el Código Penal vigente de un tipo delictivo heredado del nacionalcatolicismo franquista, a pesar de los continuas promesas gubernamentales de eliminarlo, hace que no puedan tomarse a broma: a día de hoy una mujer de Málaga arrastra desde hace nada menos que 12 años un proceso penal por haber participado en una cofradía satírica en esta ciudad del Coño Insumiso, que se propuso dar un toque feminista y contracultural a algunas de las oraciones emblemáticas de los ritos católicos como protesta al proyecto de Alberto Ruiz-Gallardón, entonces ministro de Justicia del Gobierno de Mariano Rajoy, de restringir el derecho al aborto.
La activista feminista ha sufrido un auténtico calvario por este procedimiento, que va mucho más allá del coste de la defensa y que incluye efectos laborales y de salud. Más de una década después, el procedimiento penal, impulsado por Abogados Cristianos, no solo sigue abierto, sino que la activista está actualmente condenada tras las sentencias sucesivas del juez Rafael López de Cervantes, del juzgado número 10 de Málaga, en noviembre de 2020, y de la sección tercera de la Audiencia de Málaga, integrada por los magistrados Andrés Rodero, Juana Criado y Juan Carlos Hernández, en mayo de 2021. Actualmente la condena está a la espera del recurso interpuesto ante el Alto Tribunal.
Amenaza a la libertad de cátedra
Aunque todos estos ejemplos revelan de por sí el salto en el acoso judicial en los tribunales nacionalcatólicos de los últimos tiempos, el caso de mayor envergadura es el del catedrático Juan A. Ríos Carratalá, de la Universidad de Alicante, al suponer un auténtico torpedo contra la libertad de cátedra: una jueza de primera instancia sin ninguna especialidad académica en Historia Contemporánea se atreve a imponer la verdad histórica de la represión franquista tras la Guerra Civil frente a las investigaciones de un catedrático que ha dedicado toda su vida a estudiarla y que ha examinado centenares de expedientes.
La sentencia es tan abracadabrante que la Junta Directiva de la Asociación de Historia Contemporánea emitió un pronunciamiento de urgencia en el que subraya que “representa una amenaza evidente contra el derecho a la investigación sobre el pasado incómodo y traumático de nuestro país que constituyen el golpe, la guerra y la dictadura franquista”. En sus investigaciones, el catedrático Ríos Carratalá analiza el papel en la represión de periodistas y escritores republicanos tras la guerra del Juzgado Especial de Prensa de Madrid, al que se incorporó, tras haber formado parte de la Quinta Columna, Baena Tocón, el padre del querellante. Uno de los expedientes analizados es el que en 1940 condenó a muerte al poeta Miguel Hernández, pena que fue conmutada por la de 30 años de cárcel. El autor de Nanas de la cebolla enfermó en prisión, donde falleció de tuberculosis en 1942. El catedrático ha documentado exhaustivamente el papel del Juzgado Especial de Prensa en la represión, con la función de recabar “pruebas” en la hemeroteca — bastaba una simple crónica taurina, subraya— que sirvieran para condenar a escritores y periodistas como mínimo por “auxilio a la rebelión”. La maquinaria represiva de la que formaba parte Baena Tocón fue implacable: ni uno solo de los procedimientos que emprendió acabaron en absolución antes de 1942.
La propia sentencia enumera hasta 12 documentos del procedimiento contra Miguel Hernández que llevan la firma de Baena Tocón, pero la jueza considera que el hecho de que formalmente no formara parte del consejo de guerra impide que el catedrático lo relacione con la condena y es ahí donde la sentencia concluye que se ha “extralimitado” y que ha atentado contra el honor del ya fallecido alférez franquista. La jueza ignora la caracterización que desde hace décadas los historiadores atribuyen a la maquinaria represiva pseudolegal de la que se dotó el franquismo para fusilar y encarcelar republicanos, totalmente ajena al principio de legalidad, y expone su argumentación como si en realidad se tratara de un marco jurídico propio de una democracia liberal, con pulcra separación de poderes y contrapesos institucionales. En este idílico marco anglosajón, el Juzgado Especial de Prensa y los consejos de guerra que emanaban de sus acciones serían como dos universos sin la más mínima conexión posible.
“Opinión afrentosa”
En la sentencia, que reprocha inexactitudes al catedrático pero que incluye alguna propia tan palmaria como considerar aún vigente la Ley de Memoria Histórica de 2007, la jueza considera una “opinión afrentosa”, punible penalmente en tanto que “extralimitación”, que el catedrático se refiera al alférez franquista que fue quintacolumnista y que se involucró a fondo durante años en el Juzgado Especial de Prensa para reprimir a periodistas y escritores como “ayudante de tenebroso recuerdo”. La sentencia no solo condena al catedrático sino también a siete medios que se hicieron eco de sus investigaciones utilizando la expresión “verdugo de Miguel Hernandez” para referirse a Baena Tocón. La argumentación de la jueexcremenza en la condena a los medios es también muy particular: “La conclusión taxativa de ‘verdugos’ ya en su sentido literal de ejecutor o figurada de crueldad es gratuita y no deriva de ninguna fuente académica ya que el hecho incuestionado es que no fue ejecutado sino que falleció de tuberculosis”. Es decir: en la muerte de Miguel Hernández nada tuvo que ver la represión franquista; falleció de muerte natural. Palabra de sentencia judicial. El “hecho incuestionado” parece ser, pues, que 50 años después de la muerte del “verdugo” mayor —con permiso de la jueza Chocarro—, los tribunales del nacionalcatolicismo gozan de muy buena salud. Tenebroso.

La campaña de ‘Mongolia’ sigue todo el mes de abril
Ante la nueva citación judicial de los coeditores de Mongolia, que deberán comparecer el 25 de junio en un juzgado de Mataró por “ofensas a los sentimientos religiosos” por la querella presentada por Hazte Oír, la revista satírica ha puesto en marcha una campaña de micromecenazgo en la plataforma Verkami.com para reforzar el proyecto y plantar cara al acoso judicial ultracatólico.
Solo en su primera semana, más de 400 personas se sumaron como mecenas de la campaña, que aunque ya logró su objetivo seguirá durante todo el mes de abril para fortalecer la situación de Mongolia. COLABORA DESDE 10 EUROS
Como en otras ocasiones, el objetivo no es únicamente defenderse, sino también contraatacar: esta vez con la realización de una serie de entrevistas en podcast que arroje luz sobre todo el opaco entramado de organizaciones ultracatólicas que llenan los tribunales de querellas para silenciar disidentes, y con la reedición del libro del periodista Manolo Saco No hay Dios (probablemente), que incluirá además un capítulo nuevo.
El análisis de Mongolia parte de que este tipo de iniciativas de matonismo judicial aspiran sobre todo fomentar la autocensura para no tener que hacer frente a los procesos judiciales y asumir sus inevitables costes, tanto económicos como personales. Es por esto que la respuesta no puede limitarse a defenderse, sino que debe quedar claro que las querellas no conllevan agachar la cabeza sino todo lo contrario: a cada nuevo ataque le seguirá, además de una defensa, también un contraataque. La campaña permite realizar aportaciones de entre 10 euros hasta 500. A partir de 20 euros, los mecenas se integrarán simbólicamente en el “equipo jurídico” de la defensa en la querella de Hazte Oír, que asumirá el letrado José Luis Mazón, podrán participar en una reunión telemática preparatoria y tendrán acceso a todos los materiales del procedimiento.
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Cada uno de los casos ha merecido titulares por sí mismos, pero si se agrupan dejan de ser escándalos aislados y arrojan una imagen de conjunto ciertamente tenebrosa para un país miembro de la Unión Europea. El catedrático de Literatura Española en la Universidad de Alicante Juan A. Ríos Carratalá, con más de 40 libros publicados y una de las autoridades en este país en la represión franquista a intelectuales, periodistas y escritores, acaba de ser condenado en una asombrosa sentencia del juzgado de primera instancia número 5 de Cádiz, fechada el pasado 4 de marzo, por “intromisión ilegítima al derecho al honor” de Antonio Luis Baena Tocón (1915-1998), que según acreditan las investigaciones del catedrático formó parte del aparato represivo franquista al final de la guerra en el Juzgado Especial de Prensa. El procedimiento lo impulsó el hijo del represor, al que el catedrático además deberá pagarle, según la sentencia, una indemnización de 10.000 euros por sus supuestas “extralimitaciones” y las “afectaciones psicológicas” que, según la jueza, Ana María Chocarro, le han provocado sus investigaciones. Además, la sentencia condena también a siete medios de comunicación —La Vanguardia, Levante, ElDiario.es, Faro de Vigo, Diario de Las Palmas, Diario de A Coruña y Público— por hacerse eco de estas investigaciones en los términos presentados por el catedrático y cada uno de ellos deberá indemnizar con 3.000 euros al hijo del alférez franquista “en concepto de daños y perjuicios”.
Un juez-humorista
El pasado febrero, el magistrado Carlos Valle Muñoz-Torrero emitió un auto de procesamiento contra el humorista Héctor de Miguel, alias Quequé, por sus comentarios sarcásticos invitando a dinamitar el Valle de los Caídos en el marco de su programa satírico en la Cadena Ser, Hora Veintipico, tras una querella de la entidad ultracatólica Abogados Cristianos. Ya no se trata de la típica imputación por “ofensas a los sentimientos religiosos”, sino que el cómico deberá ir a juicio acusado de un “delito de odio” al no distinguir el magistrado entre el registro satírico y una amenaza con efectos potenciales reales.
En su interrogatorio, según desveló ElDiario.es, el envalentonado juez se permitió transmutarse él mismo en cómico satírico, con la diferencia de que él no tiene que dar cuenta a ningún tribunal: “A ver, si volamos la plaza de Pedro Zerolo y con las piedrecitas llegamos un día, el del Orgullo, y se las tiramos a todos los homosexuales que han abusado de niños, es decir, todos los homosexuales, ¿qué le parecería a usted en esta situación?”, le preguntó, como si de un gag se tratara.
En marzo, la asociación Europa Laica se vio obligada a realizar una campaña de micromecenazgo para sufragar las insólitas, por abultadas, costas que les impuso el juez Antonio Rodríguez García, del juzgado de lo contencioso- administrativo número 2 de Cádiz, cuando la entidad laicista trató de evitar en los tribunales la decisión de la corporación municipal, en 2017, entonces gobernada por Podemos, de conceder la medalla de oro municipal a la estatua de la virgen del Rosario por sus supuestas contribuciones extraordinarias a la protección de los gaditanos. A pesar de que la iniciativa judicial de Europa Laica estaba muy bien fundamentada, puesto que el reglamento de honores municipal prevé que el distintivo pueda otorgarse a personas e instituciones, pero no a objetos, el juez no solo desestimó la demanda sino que impuso a la entidad unas costas de 6.000 euros, una cantidad absolutamente fuera de los márgenes establecidos por el poder judicial, que más bien parecería un castigo por la iniciativa. En la exitosa campaña que Europa Laica puso en marcha para hacer frente a estas costas, la organización consideró: “Esta decisión vulnera la norma establecida por el Tribunal Superior de Justicia que establecía una cuantía máxima [de costas] de 1.000 euros para los juicios de primera instancia. No tiene precedentes en todo el Estado español: entendemos que tiene un carácter represivo y que busca desincentivar el derecho constitucional de acceso a la justicia”. El juez que las impuso las justificó con un argumento peculiar: “por la complejidad del procedimiento planteado”.
¿Cosa juzgada?
Justo después de la campaña de Europa Laica para financiar unas costas insólitas, tuvo que arrancar otra campaña, esta vez de la revista satírica Mongolia, para hacer frente a un procedimiento también insólito: los coeditores de la publicación han recibido una citación judicial para comparecer como imputados por “ofensas a los sentimientos religiosos” el 25 de junio en el juzgado de primera instancia de Mataró para dar cuenta de una portada que ya ha sido analizada otras tres veces en los tribunales en procedimientos todos ellos ya archivados en firme. ¿Uno de los pilares del derecho no es precisamente que “cosa juzgada” no puede volverse a juzgar? Pues no parece que el principio rija también en el renovado paradigma nacionalcatólico cuyo aroma desprenden algunos tribunales españoles. La portada del número de Mongolia de diciembre de 2022 incluía un simpático belén con el papel del niño Jesús representado con un emoticón de un helado de chocolate, que algunos sectores ultracatólicos decodificaron como si se tratara de un excremento.

Alentadas públicamente por el dirigente de Vox Jorge Buxadé, hasta cuatro entidades ultracatólicas —Abogados Cristianos, Manos Limpias, un grupo carlista y Hazte Oír— presentaron sus respectivas querellas contra Mongolia por “ofensas a los sentimientos religiosos”, pero todas se archivaron en primera instancia sin que se llegaran a abrirse diligencias, salvo en un caso, también archivado. Sin embargo, la sección segunda de la Audiencia de Barcelona, integrada por los magistrados José Carlos Iglesias, María Carmen Hita y Begoña Sos, ha obligado al juzgado de Mataró a reabrir la querella presentada por Hazte Oír, que había sido inadmitida a trámite con el apoyo también de la Fiscalía. En su auto, los magistrados sostienen que no puede desecharse de plano que la intención de la revista “persiguiera ofender los sentimientos religiosos de la confesión religiosa cristiana (y no solo católica)”. Y añaden en su argumentación una apostilla que revela su propia indignación adicional, que debe de beber de la cosmovisión nacionalcatólica: “Máxime cuando se refiere a un acto esencial como es la llegada al mundo de la divinidad venerada”. Amén.
La mayoría de querellas por “ofensas a los sentimientos religiosos suele acabar en nada, pero la persistencia de esta rémora en el Código Penal vigente de un tipo delictivo heredado del nacionalcatolicismo franquista, a pesar de los continuas promesas gubernamentales de eliminarlo, hace que no puedan tomarse a broma: a día de hoy una mujer de Málaga arrastra desde hace nada menos que 12 años un proceso penal por haber participado en una cofradía satírica en esta ciudad del Coño Insumiso, que se propuso dar un toque feminista y contracultural a algunas de las oraciones emblemáticas de los ritos católicos como protesta al proyecto de Alberto Ruiz-Gallardón, entonces ministro de Justicia del Gobierno de Mariano Rajoy, de restringir el derecho al aborto.
La activista feminista ha sufrido un auténtico calvario por este procedimiento, que va mucho más allá del coste de la defensa y que incluye efectos laborales y de salud. Más de una década después, el procedimiento penal, impulsado por Abogados Cristianos, no solo sigue abierto, sino que la activista está actualmente condenada tras las sentencias sucesivas del juez Rafael López de Cervantes, del juzgado número 10 de Málaga, en noviembre de 2020, y de la sección tercera de la Audiencia de Málaga, integrada por los magistrados Andrés Rodero, Juana Criado y Juan Carlos Hernández, en mayo de 2021. Actualmente la condena está a la espera del recurso interpuesto ante el Alto Tribunal.
Amenaza a la libertad de cátedra
Aunque todos estos ejemplos revelan de por sí el salto en el acoso judicial en los tribunales nacionalcatólicos de los últimos tiempos, el caso de mayor envergadura es el del catedrático Juan A. Ríos Carratalá, de la Universidad de Alicante, al suponer un auténtico torpedo contra la libertad de cátedra: una jueza de primera instancia sin ninguna especialidad académica en Historia Contemporánea se atreve a imponer la verdad histórica de la represión franquista tras la Guerra Civil frente a las investigaciones de un catedrático que ha dedicado toda su vida a estudiarla y que ha examinado centenares de expedientes.
La sentencia es tan abracadabrante que la Junta Directiva de la Asociación de Historia Contemporánea emitió un pronunciamiento de urgencia en el que subraya que “representa una amenaza evidente contra el derecho a la investigación sobre el pasado incómodo y traumático de nuestro país que constituyen el golpe, la guerra y la dictadura franquista”. En sus investigaciones, el catedrático Ríos Carratalá analiza el papel en la represión de periodistas y escritores republicanos tras la guerra del Juzgado Especial de Prensa de Madrid, al que se incorporó, tras haber formado parte de la Quinta Columna, Baena Tocón, el padre del querellante. Uno de los expedientes analizados es el que en 1940 condenó a muerte al poeta Miguel Hernández, pena que fue conmutada por la de 30 años de cárcel. El autor de Nanas de la cebolla enfermó en prisión, donde falleció de tuberculosis en 1942. El catedrático ha documentado exhaustivamente el papel del Juzgado Especial de Prensa en la represión, con la función de recabar “pruebas” en la hemeroteca — bastaba una simple crónica taurina, subraya— que sirvieran para condenar a escritores y periodistas como mínimo por “auxilio a la rebelión”. La maquinaria represiva de la que formaba parte Baena Tocón fue implacable: ni uno solo de los procedimientos que emprendió acabaron en absolución antes de 1942.
La propia sentencia enumera hasta 12 documentos del procedimiento contra Miguel Hernández que llevan la firma de Baena Tocón, pero la jueza considera que el hecho de que formalmente no formara parte del consejo de guerra impide que el catedrático lo relacione con la condena y es ahí donde la sentencia concluye que se ha “extralimitado” y que ha atentado contra el honor del ya fallecido alférez franquista. La jueza ignora la caracterización que desde hace décadas los historiadores atribuyen a la maquinaria represiva pseudolegal de la que se dotó el franquismo para fusilar y encarcelar republicanos, totalmente ajena al principio de legalidad, y expone su argumentación como si en realidad se tratara de un marco jurídico propio de una democracia liberal, con pulcra separación de poderes y contrapesos institucionales. En este idílico marco anglosajón, el Juzgado Especial de Prensa y los consejos de guerra que emanaban de sus acciones serían como dos universos sin la más mínima conexión posible.
“Opinión afrentosa”
En la sentencia, que reprocha inexactitudes al catedrático pero que incluye alguna propia tan palmaria como considerar aún vigente la Ley de Memoria Histórica de 2007, la jueza considera una “opinión afrentosa”, punible penalmente en tanto que “extralimitación”, que el catedrático se refiera al alférez franquista que fue quintacolumnista y que se involucró a fondo durante años en el Juzgado Especial de Prensa para reprimir a periodistas y escritores como “ayudante de tenebroso recuerdo”. La sentencia no solo condena al catedrático sino también a siete medios que se hicieron eco de sus investigaciones utilizando la expresión “verdugo de Miguel Hernandez” para referirse a Baena Tocón. La argumentación de la jueexcremenza en la condena a los medios es también muy particular: “La conclusión taxativa de ‘verdugos’ ya en su sentido literal de ejecutor o figurada de crueldad es gratuita y no deriva de ninguna fuente académica ya que el hecho incuestionado es que no fue ejecutado sino que falleció de tuberculosis”. Es decir: en la muerte de Miguel Hernández nada tuvo que ver la represión franquista; falleció de muerte natural. Palabra de sentencia judicial. El “hecho incuestionado” parece ser, pues, que 50 años después de la muerte del “verdugo” mayor —con permiso de la jueza Chocarro—, los tribunales del nacionalcatolicismo gozan de muy buena salud. Tenebroso.

La campaña de ‘Mongolia’ sigue todo el mes de abril
Ante la nueva citación judicial de los coeditores de Mongolia, que deberán comparecer el 25 de junio en un juzgado de Mataró por “ofensas a los sentimientos religiosos” por la querella presentada por Hazte Oír, la revista satírica ha puesto en marcha una campaña de micromecenazgo en la plataforma Verkami.com para reforzar el proyecto y plantar cara al acoso judicial ultracatólico.
Solo en su primera semana, más de 400 personas se sumaron como mecenas de la campaña, que aunque ya logró su objetivo seguirá durante todo el mes de abril para fortalecer la situación de Mongolia. COLABORA DESDE 10 EUROS
Como en otras ocasiones, el objetivo no es únicamente defenderse, sino también contraatacar: esta vez con la realización de una serie de entrevistas en podcast que arroje luz sobre todo el opaco entramado de organizaciones ultracatólicas que llenan los tribunales de querellas para silenciar disidentes, y con la reedición del libro del periodista Manolo Saco No hay Dios (probablemente), que incluirá además un capítulo nuevo.
El análisis de Mongolia parte de que este tipo de iniciativas de matonismo judicial aspiran sobre todo fomentar la autocensura para no tener que hacer frente a los procesos judiciales y asumir sus inevitables costes, tanto económicos como personales. Es por esto que la respuesta no puede limitarse a defenderse, sino que debe quedar claro que las querellas no conllevan agachar la cabeza sino todo lo contrario: a cada nuevo ataque le seguirá, además de una defensa, también un contraataque. La campaña permite realizar aportaciones de entre 10 euros hasta 500. A partir de 20 euros, los mecenas se integrarán simbólicamente en el “equipo jurídico” de la defensa en la querella de Hazte Oír, que asumirá el letrado José Luis Mazón, podrán participar en una reunión telemática preparatoria y tendrán acceso a todos los materiales del procedimiento.
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