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La ONU examinará la condena a ‘Mongolia’ por la viñeta de Ortega Cano
El organismo internacional admite a trámite la petición de la revista y pide a España que se pronuncie sobre el expediente.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU, con sede en Ginebra, ha admitido a trámite la petición del coeditor de la revista satírica Mongolia, Darío Adanti, para que examine la condena a la publicación por la difusión de una viñeta satírica sobre el exmatador José Ortega Cano.
En diciembre de 2020, el Tribunal Supremo español condenó a la publicación a indemnizar con 40.000 euros al exmatador, lo que dejó a la revista satírica a un paso del cierre, que solo pudo evitar gracias a la extraordinaria movilización de su comunidad lectora. La sentencia del Supremo convirtió la condena en firme, lo que exigió el pago sin dilaciones, pero la revista presentó también un último recurso al Constitucional. El Alto Tribunal lo inadmitió sin entrar en el fondo del asunto, como sucede con el 99% de los casos, lo que dejó expedito el camino para poder acudir a los tribunales internacionales: en febrero del año pasado, el abogado José Luis Mazón, con larga y exitosa trayectoria en pleitos internacionales en defensa de los derechos humanos, presentó el caso al Comité de Derechos Humanos de la ONU y a finales de diciembre el organismo comunicó la decisión de que va a examinarlo.
La admisión a trámite no es ningún formalismo. Fuentes jurídicas subrayan que el ratio de la admisión a trámite se sitúa entre el 30% y el 50% de los casos presentados. Tampoco se trata de un procedimiento meramente simbólico: en caso de que el tribunal internacional con sede en Ginebra acepte los argumentos jurídicos de Mongolia, que está convencida de haber visto pisoteado su derecho fundamental a la libertad de expresión, básico en cualquier democracia, hasta el punto de ver amenazada su propia supervivencia, la empresa editora de la revista deberá ser compensada económicamente por los daños causados. Sin embargo, en el caso de una sentencia favorable para Mongolia no serían el exmatador Ortega Cano ni sus abogados, que cobraron las costas, quienes deberían rascarse el bolsillo para devolver el dinero que ya se embolsaron por “la vulneración del derecho al honor y a la propia imagen” del torero, sino que el resarcimiento debería proveerlo el Estado español por haber fallado en la protección de derechos fundamentales de sus ciudadanos.
La comunicación del Comité de Derechos Humanos de la ONU informando de la toma en consideración de la causa está fechada el pasado 21 de diciembre y lleva la firma de Ibrahim Salama, jefe de la Subdivisión de Tratados de Derechos Humanos de la organización. En el documento se informa que el dosier de la causa ya ha sido remitido a las autoridades españolas para que se pronuncien tanto respecto a la cuestión de admisibilidad como del fondo de la misma.
La condena a Mongolia por una simple viñeta satírica es un ejemplo más del deterioro de los márgenes para la libertad de expresión en los últimos años, que los expertos atribuyen en parte a la “ley mordaza”, de 2015, impulsada por el Partido Popular para contener la disidencia en un momento de efervescencia social, tras el 15-M, pero que el Gobierno progresista no ha derogado pese a haberse comprometido reiteradamente a ello. La revista satírica nació en 2012 con el objetivo de contribuir a ensanchar los márgenes de la libertad de expresión y, paradójicamente, casi sucumbe al irse estrechando el terreno de juego permitido: la sentencia del Tribunal Supremo condenando en firme a Mongolia se comunicó en plena pandemia, con las cuentas de la empresa editora, Editorial Mong, SL, en números rojos como consecuencia del cierre de quioscos y la parálisis económica del momento, y con una factura a abonar de forma inmediata por la condena que superaba los 65.000 euros tras contabilizarse las costas del procedimiento.
Movilización extraordinaria
La supervivencia de este proyecto de sátira y periodismo irreverente e insumiso se explica únicamente por la extraordinaria reacción del pueblo mongol, que se movilizó con gran celeridad para evitar su caída como consecuencia del implacable mazazo jurídico: la campaña de micromecenazgo abierta en la plataforma Verkami logró reunir en poco más de un mes 64.985 euros, procedentes de las aportaciones de 1.690 mecenas.
Con ello no solo se paró el golpe, sino que permitió presentar el caso al Tribunal Constitucional —requisito imprescindible para acudir después a los organismos internacionales— y hasta editar el libro Libertad de impresión, coordinado por Fernando Muñoz. Este trabajo documenta los retrocesos en la libertad de expresión de la última década en España a partir de algunos de los casos más sangrantes dirimidos en los tribunales, entre ellos la condena de Mongolia por la viñeta de Ortega Cano, una crítica social muy blanda a un exponente de la España de charanga y pandereta, que había sido aclamado tras salir de la cárcel por haber matado a una persona conduciendo ebrio.
La presentación del caso Mongolia vs Ortega Cano ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU fue posible también gracias a la movilización de la comunidad lectora de la revista: un total de 501 personas se sumaron a la nueva campaña que se lanzó para poder presentar el recurso internacional. Mientras tanto, Editorial Mong, SL, debe lidiar ahora con otras cuatro querellas presentadas a principios del año pasado por grupos ultracatólicos por “ofensas a los sentimientos religiosos” a raíz de una portada con un belén navideño heterodoxo. En el fotomontaje, el niño Jesús aparecía simbolizado por un helado de chocolate, que los querellantes interpretaron como un excremento. Las entidades querellantes son Manos Limpias, Abogados Cristianos, Hazte Oír y la Comunidad Tradicionalista, carlista, y ha comportado que dos coeditores de la revista han tenido que declarar en el juzgado número 12 de Barcelona en calidad de investigados.
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En diciembre de 2020, el Tribunal Supremo español condenó a la publicación a indemnizar con 40.000 euros al exmatador, lo que dejó a la revista satírica a un paso del cierre, que solo pudo evitar gracias a la extraordinaria movilización de su comunidad lectora. La sentencia del Supremo convirtió la condena en firme, lo que exigió el pago sin dilaciones, pero la revista presentó también un último recurso al Constitucional. El Alto Tribunal lo inadmitió sin entrar en el fondo del asunto, como sucede con el 99% de los casos, lo que dejó expedito el camino para poder acudir a los tribunales internacionales: en febrero del año pasado, el abogado José Luis Mazón, con larga y exitosa trayectoria en pleitos internacionales en defensa de los derechos humanos, presentó el caso al Comité de Derechos Humanos de la ONU y a finales de diciembre el organismo comunicó la decisión de que va a examinarlo.
La admisión a trámite no es ningún formalismo. Fuentes jurídicas subrayan que el ratio de la admisión a trámite se sitúa entre el 30% y el 50% de los casos presentados. Tampoco se trata de un procedimiento meramente simbólico: en caso de que el tribunal internacional con sede en Ginebra acepte los argumentos jurídicos de Mongolia, que está convencida de haber visto pisoteado su derecho fundamental a la libertad de expresión, básico en cualquier democracia, hasta el punto de ver amenazada su propia supervivencia, la empresa editora de la revista deberá ser compensada económicamente por los daños causados. Sin embargo, en el caso de una sentencia favorable para Mongolia no serían el exmatador Ortega Cano ni sus abogados, que cobraron las costas, quienes deberían rascarse el bolsillo para devolver el dinero que ya se embolsaron por “la vulneración del derecho al honor y a la propia imagen” del torero, sino que el resarcimiento debería proveerlo el Estado español por haber fallado en la protección de derechos fundamentales de sus ciudadanos.
La comunicación del Comité de Derechos Humanos de la ONU informando de la toma en consideración de la causa está fechada el pasado 21 de diciembre y lleva la firma de Ibrahim Salama, jefe de la Subdivisión de Tratados de Derechos Humanos de la organización. En el documento se informa que el dosier de la causa ya ha sido remitido a las autoridades españolas para que se pronuncien tanto respecto a la cuestión de admisibilidad como del fondo de la misma.
La condena a Mongolia por una simple viñeta satírica es un ejemplo más del deterioro de los márgenes para la libertad de expresión en los últimos años, que los expertos atribuyen en parte a la “ley mordaza”, de 2015, impulsada por el Partido Popular para contener la disidencia en un momento de efervescencia social, tras el 15-M, pero que el Gobierno progresista no ha derogado pese a haberse comprometido reiteradamente a ello. La revista satírica nació en 2012 con el objetivo de contribuir a ensanchar los márgenes de la libertad de expresión y, paradójicamente, casi sucumbe al irse estrechando el terreno de juego permitido: la sentencia del Tribunal Supremo condenando en firme a Mongolia se comunicó en plena pandemia, con las cuentas de la empresa editora, Editorial Mong, SL, en números rojos como consecuencia del cierre de quioscos y la parálisis económica del momento, y con una factura a abonar de forma inmediata por la condena que superaba los 65.000 euros tras contabilizarse las costas del procedimiento.
Movilización extraordinaria
La supervivencia de este proyecto de sátira y periodismo irreverente e insumiso se explica únicamente por la extraordinaria reacción del pueblo mongol, que se movilizó con gran celeridad para evitar su caída como consecuencia del implacable mazazo jurídico: la campaña de micromecenazgo abierta en la plataforma Verkami logró reunir en poco más de un mes 64.985 euros, procedentes de las aportaciones de 1.690 mecenas.
Con ello no solo se paró el golpe, sino que permitió presentar el caso al Tribunal Constitucional —requisito imprescindible para acudir después a los organismos internacionales— y hasta editar el libro Libertad de impresión, coordinado por Fernando Muñoz. Este trabajo documenta los retrocesos en la libertad de expresión de la última década en España a partir de algunos de los casos más sangrantes dirimidos en los tribunales, entre ellos la condena de Mongolia por la viñeta de Ortega Cano, una crítica social muy blanda a un exponente de la España de charanga y pandereta, que había sido aclamado tras salir de la cárcel por haber matado a una persona conduciendo ebrio.
La presentación del caso Mongolia vs Ortega Cano ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU fue posible también gracias a la movilización de la comunidad lectora de la revista: un total de 501 personas se sumaron a la nueva campaña que se lanzó para poder presentar el recurso internacional. Mientras tanto, Editorial Mong, SL, debe lidiar ahora con otras cuatro querellas presentadas a principios del año pasado por grupos ultracatólicos por “ofensas a los sentimientos religiosos” a raíz de una portada con un belén navideño heterodoxo. En el fotomontaje, el niño Jesús aparecía simbolizado por un helado de chocolate, que los querellantes interpretaron como un excremento. Las entidades querellantes son Manos Limpias, Abogados Cristianos, Hazte Oír y la Comunidad Tradicionalista, carlista, y ha comportado que dos coeditores de la revista han tenido que declarar en el juzgado número 12 de Barcelona en calidad de investigados.
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