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Blasfemia: nuevos inquisidores a la ofensiva
El acoso ultracatólico ante las expresiones librepensadoras en España se envalentona ante la vigencia del delito de “ofensas a la religión” heredado del Código Penal franquista. Tres entidades anuncian querellas criminales contra ‘Mongolia’.
La blasfemia dejó de ser delito en Francia en 1791: la Revolución francesa, en buena medida origen de las democracias liberales actuales, puso punto final a la alianza entre el trono y el altar, que durante siglos impuso a todo el mundo la cosmovisión religiosa, y por fin dejó de considerar delito cualquier visión alternativa e injurioso reírse de ello. Desde entonces, la gran mayoría de países occidentales fueron adoptando marcos políticos y de libertades inspirados en la Revolución francesa (y su precedente, la Revolución americana), con una separación clara entre el Estado y la religión, pero la Santa Alianza entre el trono y el altar logró resistir en algunos bastiones y muy singularmente en España: en el siglo XIX seguía operando todavía la Inquisición —a la caza, entre otros delitos, de “blasfemias”—, con la aquiescencia de los Borbones.
Las resistencias reaccionarias al nuevo mundo alumbrado por la Revolución francesa se mantuvieron aquí, por imposición de las armas del dictador Francisco Franco, hasta bien entrado el último tercio del siglo XX. Y todavía sobreviven muchas trazas. Incluso en la ley: el delito de blasfemia fue abolido formalmente en España en 1988, pero en la práctica sobrevive como si nada a través del delito de escarnio y de ofensas a la religión. El artículo 525 del Código Penal vigente es una traslación exacta del artículo 209 aprobado en 1973, con Francisco Franco todavía como jefe de Estado y guardián de las esencias de la cristiandad. Pero acabamos de arrancar 2023 y el “escarnio” a los sentimientos religiosos sigue instalado en el Código Penal de una democracia liberal de la Unión Europea, a pesar de las recomendaciones del Consejo de Europa y de las múltiples campañas emprendidas por organizaciones laicas, que han derivado en infructuosas iniciativas parlamentarias para equiparar España a lo que en Francia se logró hace ya… ¡232 años!
El redactado del delito de escarnio en el artículo 525 del Código Penal (directamente un “corta y pega” de la legislación franquista) consta de dos puntos, tan rotundos como anacrónicos:
1) Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente quienes los profesan o practican.
2) En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna. A estos artículos se agarran las organizaciones reaccionarias para llevar a los tribunales a los herejes en pleno siglo XXI.
El listado de casos es muy amplio y a cuál más esperpéntico, como el del cantautor Javier Krahe, fallecido en 2015, que tuvo que afrontar un largo viacrucis judicial entre 2004 y 2012, del que finalmente fue absuelto, por la recuperación en un documental televisivo de un vídeo casero horneando simbólicamente a un Cristo que había grabado… ¡en 1977! O el actor Willy Toledo, que tuvo que afrontar un procedimiento judicial en 2020, del que también fue absuelto, por haber escrito en su cuenta de Facebook particular: “Yo me cago en Dios y me sobra mierda para cagarme en el dogma de la santidad y la virginidad de la Virgen María”.
Penas de banquillo
Muchos juristas abogan por equiparar de una vez la legislación española a la de los países liberales eliminando del Código Penal estas trazas franquistas del “escarnio”, equivalentes a la blasfemia. Uno de los que lo ha expresado con más contundencia es el juez Joaquim Bosch, de Jueces y Juezas para la Democracia: “Los delitos de ofensas a los sentimientos religiosos son más bien propios de algunos Estados islámicos que no son democráticos”. El catedrático de Derecho Penal en la Universidad Carlos III de Madrid Jacobo Dopico ha advertido por su parte que muchos juzgados suelen prestarse a proporcionar “penas de banquillo” a los herejes admitiendo a trámite las querellas y llegando hasta el juicio oral, a pesar de que la jurisprudencia lo desaconseja. Sin embargo, la persistencia de grupúsculos reaccionarios dispuestos a ir a los tribunales a perseguir blasfemias ya no supone para librepensadores y herejes únicamente un riesgo de “pena de banquillo” ni acarrea únicamente los inconvenientes de tener que lidiar con procedimientos judiciales y asumir sus costas.
En los últimos años se enfrentan también a la posibilidad real de condena, lo que demuestra el giro conservador en la judicatura en España del que vienen advirtiendo algunos expertos. En 2018, un joven de Jaén pactó con el juzgado una multa de conformidad de 480 euros por haber difundido un fotomontaje en las redes sociales con el Cristo de la Amargura. Una conformidad para poner punto final a la pesadilla judicial, pero que obviamente supone una condena por el delito de escarnio a la religión católica. Y en noviembre de 2020, con el país patas arriba por la epidemia de la covid, el juzgado de instrucción número 11 de Málaga condenó a una activista del Coño Insumiso por el mismo “delito contra los sentimientos religiosos” durante una manifestación feminista contra el patriarcado, durante la que se satirizaron pasos de la Semana Santa y oraciones como el Credo y el Ave María (véase página siguiente). La condena, de nueve meses de multa con una cuota diaria de 10 euros —es decir: ¡2.700 euros!—, fue posteriormente ratificada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga en 2021 y ahora se está a la espera del nuevo recurso presentado. Pero mientras tanto: ¡condena!
Helado de chocolate
Es en este contexto de regresión que le ha llegado el turno a Mongolia: hasta tres entidades ultracatólicas —Abogados Cristianos, Instituto de Política Social y Hazte Oír— han anunciado querellas criminales contra Editorial Mong, SL, la empresa editora de la revista. El motivo esgrimido, siempre en base al citado artículo 525 del Código Penal, es la portada del número del pasado diciembre, en la que se representaba un belén navideño con el emoticón de un helado de chocolate ejerciendo simbólicamente de Jesús junto al titular: ¡Ha nacido el hijo de Dios! ¡Igualito al padre! La portada desencadenó la furia de las tres organizaciones ultracatólicas al interpretar que el emoticón de un helado de chocolate era en realidad un excremento. Esta interpretación vendría a mostrar que el mundo de mierda de nuestros días —con pandemias, guerras e hiperinflación— sería también responsabilidad de Dios, en tanto que supuesto ser omnipotente y creador de todo.
Nada más llegar al quiosco la revista, los grupos ultras pusieron en marcha agresivas campañas de acoso profiriendo todo tipo de insultos a través de las redes sociales, llamadas telefónicas y correos electrónicos. En un mensaje a sus afiliados, la portavoz de Hazte Oír, Teresa García- Noblejas Santa-Olalla, se vanagloriaba de haber bombardeado el mail de la revista con el envío de “16.000 correos en menos de una semana” en respuesta a la “portada blasfema”. “No voy a consentir que nadie se burle del nacimiento de Cristo ni haga bromas de pésimo gusto con Jesús, María y José”, subrayó la ferviente servidora del Señor, quien añadió que el asesor jurídico de la entidad, “el reputado abogado Javier María Pérez Roldán, ha presentado querella criminal contra los responsables de Mongolia”.
Por su parte, la presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, anunció que ella misma firma otra querella criminal contra Editorial Mong, SL, en este caso no solo por delito contra los sentimientos religiosos a raíz de la citada portada, sino también por un supuesto “delito de blanqueo de capitales” al relacionar a la publicación con el abogado Gonzalo Boye, quien no tiene ninguna relación con el proyecto desde el año 2017. En un comunicado la entidad fundamentalista católica aseguró que Editorial Mong, SL, recibió 61.000 euros de subvenciones públicas en 2020 del Gobierno de Pedro Sánchez, cuando el monto real fue de apenas 2.250 y procedentes, además, de un programa de fomento del empleo de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), gobernada por Isabel Díaz Ayuso, del Partido Popular (PP). La citada (y única) subvención supuso el 0,9% de los ingresos de la empresa en el ejercicio. Finalmente, el director del Instituto de Política Social, Pablo Hertfelder, anunció una tercera querella criminal, en este caso contra la empresa editora y el director de la publicación —un cargo inexistente en Mongolia—, con un objetivo más ambicioso: nada menos que el cierre inmediato de la publicación por vía judicial. “Hemos venido con un látigo de justicia para hacer que se respeten nuestros valores”, proclamó Hertfelder, joven de 24 años exmilitante de Vox y confeso admirador de Franco.
Al cierre de esta edición Editorial Mong, SL, no había recibido todavía notificación formal de ninguna de las querellas anunciadas. Las tres supuestas querellantes son próximas al universo de Vox, cuyo vicepresidente y excandidato de Falange en la década de 1990, Jorge Buxadé, animó públicamente a presentar querellas contra los responsables de la revista por herir “gravísimamente” los sentimientos religiosos por la portada del número de diciembre. Tanto Abogados Cristianos como Hazte Oír forman parte de la constelación alrededor de la secta ultracatólica con base en México El Yunque, a su vez clave en la creación de Vox, según se demuestra en Vox S.A. El negocio del patriotismo español (Península, 2022), escrito por el prestigioso periodista de El País Miguel González.
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Las resistencias reaccionarias al nuevo mundo alumbrado por la Revolución francesa se mantuvieron aquí, por imposición de las armas del dictador Francisco Franco, hasta bien entrado el último tercio del siglo XX. Y todavía sobreviven muchas trazas. Incluso en la ley: el delito de blasfemia fue abolido formalmente en España en 1988, pero en la práctica sobrevive como si nada a través del delito de escarnio y de ofensas a la religión. El artículo 525 del Código Penal vigente es una traslación exacta del artículo 209 aprobado en 1973, con Francisco Franco todavía como jefe de Estado y guardián de las esencias de la cristiandad. Pero acabamos de arrancar 2023 y el “escarnio” a los sentimientos religiosos sigue instalado en el Código Penal de una democracia liberal de la Unión Europea, a pesar de las recomendaciones del Consejo de Europa y de las múltiples campañas emprendidas por organizaciones laicas, que han derivado en infructuosas iniciativas parlamentarias para equiparar España a lo que en Francia se logró hace ya… ¡232 años!
El redactado del delito de escarnio en el artículo 525 del Código Penal (directamente un “corta y pega” de la legislación franquista) consta de dos puntos, tan rotundos como anacrónicos:
1) Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente quienes los profesan o practican.
2) En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna. A estos artículos se agarran las organizaciones reaccionarias para llevar a los tribunales a los herejes en pleno siglo XXI.
El listado de casos es muy amplio y a cuál más esperpéntico, como el del cantautor Javier Krahe, fallecido en 2015, que tuvo que afrontar un largo viacrucis judicial entre 2004 y 2012, del que finalmente fue absuelto, por la recuperación en un documental televisivo de un vídeo casero horneando simbólicamente a un Cristo que había grabado… ¡en 1977! O el actor Willy Toledo, que tuvo que afrontar un procedimiento judicial en 2020, del que también fue absuelto, por haber escrito en su cuenta de Facebook particular: “Yo me cago en Dios y me sobra mierda para cagarme en el dogma de la santidad y la virginidad de la Virgen María”.
Penas de banquillo
Muchos juristas abogan por equiparar de una vez la legislación española a la de los países liberales eliminando del Código Penal estas trazas franquistas del “escarnio”, equivalentes a la blasfemia. Uno de los que lo ha expresado con más contundencia es el juez Joaquim Bosch, de Jueces y Juezas para la Democracia: “Los delitos de ofensas a los sentimientos religiosos son más bien propios de algunos Estados islámicos que no son democráticos”. El catedrático de Derecho Penal en la Universidad Carlos III de Madrid Jacobo Dopico ha advertido por su parte que muchos juzgados suelen prestarse a proporcionar “penas de banquillo” a los herejes admitiendo a trámite las querellas y llegando hasta el juicio oral, a pesar de que la jurisprudencia lo desaconseja. Sin embargo, la persistencia de grupúsculos reaccionarios dispuestos a ir a los tribunales a perseguir blasfemias ya no supone para librepensadores y herejes únicamente un riesgo de “pena de banquillo” ni acarrea únicamente los inconvenientes de tener que lidiar con procedimientos judiciales y asumir sus costas.
En los últimos años se enfrentan también a la posibilidad real de condena, lo que demuestra el giro conservador en la judicatura en España del que vienen advirtiendo algunos expertos. En 2018, un joven de Jaén pactó con el juzgado una multa de conformidad de 480 euros por haber difundido un fotomontaje en las redes sociales con el Cristo de la Amargura. Una conformidad para poner punto final a la pesadilla judicial, pero que obviamente supone una condena por el delito de escarnio a la religión católica. Y en noviembre de 2020, con el país patas arriba por la epidemia de la covid, el juzgado de instrucción número 11 de Málaga condenó a una activista del Coño Insumiso por el mismo “delito contra los sentimientos religiosos” durante una manifestación feminista contra el patriarcado, durante la que se satirizaron pasos de la Semana Santa y oraciones como el Credo y el Ave María (véase página siguiente). La condena, de nueve meses de multa con una cuota diaria de 10 euros —es decir: ¡2.700 euros!—, fue posteriormente ratificada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga en 2021 y ahora se está a la espera del nuevo recurso presentado. Pero mientras tanto: ¡condena!
Helado de chocolate
Es en este contexto de regresión que le ha llegado el turno a Mongolia: hasta tres entidades ultracatólicas —Abogados Cristianos, Instituto de Política Social y Hazte Oír— han anunciado querellas criminales contra Editorial Mong, SL, la empresa editora de la revista. El motivo esgrimido, siempre en base al citado artículo 525 del Código Penal, es la portada del número del pasado diciembre, en la que se representaba un belén navideño con el emoticón de un helado de chocolate ejerciendo simbólicamente de Jesús junto al titular: ¡Ha nacido el hijo de Dios! ¡Igualito al padre! La portada desencadenó la furia de las tres organizaciones ultracatólicas al interpretar que el emoticón de un helado de chocolate era en realidad un excremento. Esta interpretación vendría a mostrar que el mundo de mierda de nuestros días —con pandemias, guerras e hiperinflación— sería también responsabilidad de Dios, en tanto que supuesto ser omnipotente y creador de todo.
Nada más llegar al quiosco la revista, los grupos ultras pusieron en marcha agresivas campañas de acoso profiriendo todo tipo de insultos a través de las redes sociales, llamadas telefónicas y correos electrónicos. En un mensaje a sus afiliados, la portavoz de Hazte Oír, Teresa García- Noblejas Santa-Olalla, se vanagloriaba de haber bombardeado el mail de la revista con el envío de “16.000 correos en menos de una semana” en respuesta a la “portada blasfema”. “No voy a consentir que nadie se burle del nacimiento de Cristo ni haga bromas de pésimo gusto con Jesús, María y José”, subrayó la ferviente servidora del Señor, quien añadió que el asesor jurídico de la entidad, “el reputado abogado Javier María Pérez Roldán, ha presentado querella criminal contra los responsables de Mongolia”.
Por su parte, la presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, anunció que ella misma firma otra querella criminal contra Editorial Mong, SL, en este caso no solo por delito contra los sentimientos religiosos a raíz de la citada portada, sino también por un supuesto “delito de blanqueo de capitales” al relacionar a la publicación con el abogado Gonzalo Boye, quien no tiene ninguna relación con el proyecto desde el año 2017. En un comunicado la entidad fundamentalista católica aseguró que Editorial Mong, SL, recibió 61.000 euros de subvenciones públicas en 2020 del Gobierno de Pedro Sánchez, cuando el monto real fue de apenas 2.250 y procedentes, además, de un programa de fomento del empleo de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), gobernada por Isabel Díaz Ayuso, del Partido Popular (PP). La citada (y única) subvención supuso el 0,9% de los ingresos de la empresa en el ejercicio. Finalmente, el director del Instituto de Política Social, Pablo Hertfelder, anunció una tercera querella criminal, en este caso contra la empresa editora y el director de la publicación —un cargo inexistente en Mongolia—, con un objetivo más ambicioso: nada menos que el cierre inmediato de la publicación por vía judicial. “Hemos venido con un látigo de justicia para hacer que se respeten nuestros valores”, proclamó Hertfelder, joven de 24 años exmilitante de Vox y confeso admirador de Franco.
Al cierre de esta edición Editorial Mong, SL, no había recibido todavía notificación formal de ninguna de las querellas anunciadas. Las tres supuestas querellantes son próximas al universo de Vox, cuyo vicepresidente y excandidato de Falange en la década de 1990, Jorge Buxadé, animó públicamente a presentar querellas contra los responsables de la revista por herir “gravísimamente” los sentimientos religiosos por la portada del número de diciembre. Tanto Abogados Cristianos como Hazte Oír forman parte de la constelación alrededor de la secta ultracatólica con base en México El Yunque, a su vez clave en la creación de Vox, según se demuestra en Vox S.A. El negocio del patriotismo español (Península, 2022), escrito por el prestigioso periodista de El País Miguel González.
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