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Mongolia vs Ortega Cano: último ‘round’
El Tribunal Constitucional rechaza el recurso de la revista, que ahora llevará el litigio con el matador a las instancias internacionales para blindar el derecho a la sátira en España
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por los abogados de Editorial Mong, SL, empresa editora de esta revista, para revertir la condena firme del Tribunal Supremo, que obligó a indemnizar al matador con 40.000 euros por vulneración del derecho de honor en la difusión de un fotomontaje satírico.
A pesar de la solidez del recurso presentado, que contó con el asesoramiento of counsel del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra y exletrado del tribunal Santiago Ripol Carulla, la negativa del Constitucional a reabrir el caso era esperada, a tenor de la práctica habitual de la institución: el Alto Tribunal esquiva por sistema entrar en el fondo de las sentencias firmes del Tribunal Supremo y solo acepta la mera toma en consideración en una ínfima parte de los recursos presentados y cuando considera que el tema no ha sido jamás abordado, ni siquiera de forma genérica.
El rechazo supone el fin de la causa en España. Cierra un capítulo, pero permite arrancar el siguiente, el último, el del desenlace: al fin puede empezar el último round, que se dirimirá en las instancias internacionales si prospera la campaña de micromecenazgo que se pondrá en marcha este mismo mes de septiembre en la plataforma Verkami.com para financiar “la internacionalización del conflicto” entre Mongolia y los tribunales españoles.
Amparo europeo
Desde que empezó el procedimiento, en 2016, hasta cuatro instancias judiciales españolas, incluidas los más altos tribunales del país, han dado la espalda a la revista satírica sin ni siquiera registrar un solitario voto particular, a pesar de que la difusión de la viñeta satírica está muy claramente amparada por la jurisprudencia europea, que ni siquiera ha sido tomada en consideración. Como si España continuara siendo una especie de isla jurídica impermeable al espacio común europeo.
Uno de los grandes objetivos de Mongolia al nacer, en 2012, era ensanchar los espacios para la libertad de expresión en España, al considerar que se encontraba amenazada por una involución legislativa y judicial, propulsada por la Ley Mordaza y otras medidas e interpretaciones que aspiraban, en la práctica, a sofocar el clima de protestas e insubordinación surgido al calor del 15-M. La condena por la viñeta satírica sobre Ortega Cano, firme desde diciembre de 2020, vino a confirmar esta hipótesis de partida, incluso en su versión más pesimista: ya no se trata tanto de ensanchar los espacios para la libertad de expresión como de preservar los existentes. De ahí la importancia de llevar el pulso con el matador a las instancias internacionales cuya autoridad acepta España a través de los tratados firmados, con la esperanza de que se corrija esta evolución y recupere al menos el terreno de juego homologable a los países occidentales, donde la libertad de expresión y el género específico de la sátira están blindados.
No por casualidad, los países con una tradición satírica más asentada —como Francia, Reino Unido y Estados Unidos— son también los que tienen una tradición más sólidamente enraizada en la democracia liberal, que sitúa la libertad de expresión (y con ella, la sátira) como uno de los valores centrales de todo el andamiaje teórico e institucional. En los capítulos precedentes del litigio entre Mongolia y Ortega Cano estaba en buena medida en juego el futuro material mismo de la revista, que solo sobrevivió gracias al extraordinario y reiterado apoyo de la comunidad lectora, que acudió a todas las campañas de micromecenazgo impulsadas como respuesta a los envites.
Ahora el fin es ya otro: una vez pagada la indemnización, de lo que se trata es de ayudar a fijar un marco jurídico que facilite el ejercicio de la libertad de expresión y en particular de la sátira en España, en línea con las democracias occidentales. Más allá incluso de Mongolia.
Margen para ejercer la crítica
La viñeta satírica objeto del litigio, que esta revista no puede reproducir al impedírselo la sentencia judicial pero que puede encontrarse fácilmente en internet, no solo es inocua y hasta ingenua, sino que es una crítica social enteramente construida a partir de hechos reales: Ortega Cano mató a una persona, Carlos Parra, de 49 años, en un accidente de coche causado por el matador mientras conducía con unas copas de más. Sin embargo, al tratarse de un personaje de la farándula recibió el trato de héroe al salir de prisión al tiempo que se hacía un espeso silencio alrededor de la víctima, a la que se condenaba al olvido.
Este fotomontaje se armó en el marco del estreno en Cartagena, la ciudad natal del torero, del show El Musical 2.0, concebido, como se hacía en todas las ciudades, como un prólogo del mismo apegado al terreno. Las sucesivas sentencias judiciales ignoran por completo tanto el marco satírico del proyecto como que la viñeta se concibiera como elemento de crítica hacia hechos ciertos fácilmente comprobables. Los jueces se limitaron a encasillarla como si se tratara de publicidad comercial de cualquier empresa sin relación ni con el periodismo ni con la sátira. Y ello a pesar de que incluso el fin comercial de las viñetas satíricas está perfectamente amparada por varias sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso de personajes públicos, descartando expresamente que se vulnere su derecho al honor y a la propia imagen.
Del encaje de Ortega Cano como personaje público existen pocas dudas, habida cuenta de su afamada trayectoria como matador y su constante presencia durante las últimas décadas en la prensa rosa y su lucrativo mercado, que se basa precisamente en la exposición pública reiterada de elementos, incluso escabrosos, de la vida privada.
Censura por asfixia económica
La sentencia del Tribunal Supremo contra Mongolia por el fotomontaje satírico no solo empequeñece extremadamente el espacio para la crítica social y la sátira en España, sino que supone una auténtica invitación a la autocensura de los proyectos periodísticos independientes: cualquier tontería te puede sacar muy fácilmente de circulación.
En la tercera década ya del siglo XXI, la censura tradicional cotiza afortunadamente muy a la baja en las democracias occidentales, pero en cambio se han ido abriendo paso formas más sutiles y sofisticadas de silenciar voces críticas minimizando el escándalo que podría derivarse de ello. La asfixia económica es una de las más efectivas. Como muchos de los proyectos críticos y alternativos se mueven en el alambre económico, sometidos a unas reglas de mercado hostiles a sus propios planteamientos de base, cualquier procedimiento, que en sí mismo supone ya nuevos costes imprevistos para abogados y procuradores, supone una auténtica espada de Damocles para su continuidad. De ahí que en ocasiones puede perfectamente resultar aconsejable autocensurarse para no tener que afrontar estos episodios poniendo con ello en riesgo la propia continuidad.
El caso de Mongolia es muy significativo: no únicamente se le impuso abonar una indemnización al matador por un fotomontaje construido a partir de hechos reales, sino de una cuantía muy elevada y sin ninguna relación con el supuesto lucro obtenido por el uso indebido de su imagen. De toda la performance en Cartagena, Editorial Mong SL obtuvo apenas 1.000 euros de beneficio, mientras que la indemnización por difundir brevemente el fotomontaje se fijó en 40.000 euros. A ello hay que añadirle otros 20.000 euros del pago de las costas y de todos los gastos legales derivados de la defensa a lo largo de los cuatro años que duró el procedimiento desde que el torero presentó la demanda en un juzgado de Alcobendas.
Estas cantidades puede que sean meramente simbólicas para las grandes corporaciones, pero suponen un auténtico roto en los medios independientes, que, como Mongolia, suelen encontrarse en una situación económica muy frágil. Y más aún en un contexto tan adverso del sector mediático, que la pandemia ha empeorado, con cierres continuos de quioscos de prensa y el aumento brutal de los costes de impresión (ver artículo adjunto sobre la situación particular de esta revista).
Nueva campaña: vivos y con ganas de jarana
Y sin embargo, Mongolia sigue viva a pesar del intento de estocada del torero con los vítores del sistema judicial, gracias a la extraordinaria movilización del pueblo mongol, que siempre ha respondido a las campañas de micromecenazgo impulsadas para afrontar esta causa.
La nueva campaña, QUE YA ESTÁ ACTIVA AQUÍ, se propone recaudar 15.000 euros para poder llevar la causa a las instancias internacionales. Con esta cantidad se podrían cubrir no solo los costes de abogados —sensiblemente menores, puesto que el procedimiento se seguirá llevando a un precio solidario—, sino también la edición de un libro sobre la libertad de expresión y de impresión, que ponga la causa de Ortega Cano en el centro y que pueda resultar de ayuda a la hora de recoger complicidades fuera de España en la nueva fase que se abre con el rechazo del recurso presentado al Tribunal Constitucional. Aviso a la plaza: resulta que el morlaco no está de ninguna manera listo para el descabello, sino que tiene muchas ganas de jarana… ¡y hasta de cornear!
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A pesar de la solidez del recurso presentado, que contó con el asesoramiento of counsel del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra y exletrado del tribunal Santiago Ripol Carulla, la negativa del Constitucional a reabrir el caso era esperada, a tenor de la práctica habitual de la institución: el Alto Tribunal esquiva por sistema entrar en el fondo de las sentencias firmes del Tribunal Supremo y solo acepta la mera toma en consideración en una ínfima parte de los recursos presentados y cuando considera que el tema no ha sido jamás abordado, ni siquiera de forma genérica.
El rechazo supone el fin de la causa en España. Cierra un capítulo, pero permite arrancar el siguiente, el último, el del desenlace: al fin puede empezar el último round, que se dirimirá en las instancias internacionales si prospera la campaña de micromecenazgo que se pondrá en marcha este mismo mes de septiembre en la plataforma Verkami.com para financiar “la internacionalización del conflicto” entre Mongolia y los tribunales españoles.
Amparo europeo
Desde que empezó el procedimiento, en 2016, hasta cuatro instancias judiciales españolas, incluidas los más altos tribunales del país, han dado la espalda a la revista satírica sin ni siquiera registrar un solitario voto particular, a pesar de que la difusión de la viñeta satírica está muy claramente amparada por la jurisprudencia europea, que ni siquiera ha sido tomada en consideración. Como si España continuara siendo una especie de isla jurídica impermeable al espacio común europeo.
Uno de los grandes objetivos de Mongolia al nacer, en 2012, era ensanchar los espacios para la libertad de expresión en España, al considerar que se encontraba amenazada por una involución legislativa y judicial, propulsada por la Ley Mordaza y otras medidas e interpretaciones que aspiraban, en la práctica, a sofocar el clima de protestas e insubordinación surgido al calor del 15-M. La condena por la viñeta satírica sobre Ortega Cano, firme desde diciembre de 2020, vino a confirmar esta hipótesis de partida, incluso en su versión más pesimista: ya no se trata tanto de ensanchar los espacios para la libertad de expresión como de preservar los existentes. De ahí la importancia de llevar el pulso con el matador a las instancias internacionales cuya autoridad acepta España a través de los tratados firmados, con la esperanza de que se corrija esta evolución y recupere al menos el terreno de juego homologable a los países occidentales, donde la libertad de expresión y el género específico de la sátira están blindados.
No por casualidad, los países con una tradición satírica más asentada —como Francia, Reino Unido y Estados Unidos— son también los que tienen una tradición más sólidamente enraizada en la democracia liberal, que sitúa la libertad de expresión (y con ella, la sátira) como uno de los valores centrales de todo el andamiaje teórico e institucional. En los capítulos precedentes del litigio entre Mongolia y Ortega Cano estaba en buena medida en juego el futuro material mismo de la revista, que solo sobrevivió gracias al extraordinario y reiterado apoyo de la comunidad lectora, que acudió a todas las campañas de micromecenazgo impulsadas como respuesta a los envites.
Ahora el fin es ya otro: una vez pagada la indemnización, de lo que se trata es de ayudar a fijar un marco jurídico que facilite el ejercicio de la libertad de expresión y en particular de la sátira en España, en línea con las democracias occidentales. Más allá incluso de Mongolia.
Margen para ejercer la crítica
La viñeta satírica objeto del litigio, que esta revista no puede reproducir al impedírselo la sentencia judicial pero que puede encontrarse fácilmente en internet, no solo es inocua y hasta ingenua, sino que es una crítica social enteramente construida a partir de hechos reales: Ortega Cano mató a una persona, Carlos Parra, de 49 años, en un accidente de coche causado por el matador mientras conducía con unas copas de más. Sin embargo, al tratarse de un personaje de la farándula recibió el trato de héroe al salir de prisión al tiempo que se hacía un espeso silencio alrededor de la víctima, a la que se condenaba al olvido.
Este fotomontaje se armó en el marco del estreno en Cartagena, la ciudad natal del torero, del show El Musical 2.0, concebido, como se hacía en todas las ciudades, como un prólogo del mismo apegado al terreno. Las sucesivas sentencias judiciales ignoran por completo tanto el marco satírico del proyecto como que la viñeta se concibiera como elemento de crítica hacia hechos ciertos fácilmente comprobables. Los jueces se limitaron a encasillarla como si se tratara de publicidad comercial de cualquier empresa sin relación ni con el periodismo ni con la sátira. Y ello a pesar de que incluso el fin comercial de las viñetas satíricas está perfectamente amparada por varias sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso de personajes públicos, descartando expresamente que se vulnere su derecho al honor y a la propia imagen.
Del encaje de Ortega Cano como personaje público existen pocas dudas, habida cuenta de su afamada trayectoria como matador y su constante presencia durante las últimas décadas en la prensa rosa y su lucrativo mercado, que se basa precisamente en la exposición pública reiterada de elementos, incluso escabrosos, de la vida privada.
Censura por asfixia económica
La sentencia del Tribunal Supremo contra Mongolia por el fotomontaje satírico no solo empequeñece extremadamente el espacio para la crítica social y la sátira en España, sino que supone una auténtica invitación a la autocensura de los proyectos periodísticos independientes: cualquier tontería te puede sacar muy fácilmente de circulación.
En la tercera década ya del siglo XXI, la censura tradicional cotiza afortunadamente muy a la baja en las democracias occidentales, pero en cambio se han ido abriendo paso formas más sutiles y sofisticadas de silenciar voces críticas minimizando el escándalo que podría derivarse de ello. La asfixia económica es una de las más efectivas. Como muchos de los proyectos críticos y alternativos se mueven en el alambre económico, sometidos a unas reglas de mercado hostiles a sus propios planteamientos de base, cualquier procedimiento, que en sí mismo supone ya nuevos costes imprevistos para abogados y procuradores, supone una auténtica espada de Damocles para su continuidad. De ahí que en ocasiones puede perfectamente resultar aconsejable autocensurarse para no tener que afrontar estos episodios poniendo con ello en riesgo la propia continuidad.
El caso de Mongolia es muy significativo: no únicamente se le impuso abonar una indemnización al matador por un fotomontaje construido a partir de hechos reales, sino de una cuantía muy elevada y sin ninguna relación con el supuesto lucro obtenido por el uso indebido de su imagen. De toda la performance en Cartagena, Editorial Mong SL obtuvo apenas 1.000 euros de beneficio, mientras que la indemnización por difundir brevemente el fotomontaje se fijó en 40.000 euros. A ello hay que añadirle otros 20.000 euros del pago de las costas y de todos los gastos legales derivados de la defensa a lo largo de los cuatro años que duró el procedimiento desde que el torero presentó la demanda en un juzgado de Alcobendas.
Estas cantidades puede que sean meramente simbólicas para las grandes corporaciones, pero suponen un auténtico roto en los medios independientes, que, como Mongolia, suelen encontrarse en una situación económica muy frágil. Y más aún en un contexto tan adverso del sector mediático, que la pandemia ha empeorado, con cierres continuos de quioscos de prensa y el aumento brutal de los costes de impresión (ver artículo adjunto sobre la situación particular de esta revista).
Nueva campaña: vivos y con ganas de jarana
Y sin embargo, Mongolia sigue viva a pesar del intento de estocada del torero con los vítores del sistema judicial, gracias a la extraordinaria movilización del pueblo mongol, que siempre ha respondido a las campañas de micromecenazgo impulsadas para afrontar esta causa.
La nueva campaña, QUE YA ESTÁ ACTIVA AQUÍ, se propone recaudar 15.000 euros para poder llevar la causa a las instancias internacionales. Con esta cantidad se podrían cubrir no solo los costes de abogados —sensiblemente menores, puesto que el procedimiento se seguirá llevando a un precio solidario—, sino también la edición de un libro sobre la libertad de expresión y de impresión, que ponga la causa de Ortega Cano en el centro y que pueda resultar de ayuda a la hora de recoger complicidades fuera de España en la nueva fase que se abre con el rechazo del recurso presentado al Tribunal Constitucional. Aviso a la plaza: resulta que el morlaco no está de ninguna manera listo para el descabello, sino que tiene muchas ganas de jarana… ¡y hasta de cornear!
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